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Bandera republicana

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Resulta que el Ayuntamiento no tiene nada mejor que hacer que colocar en el balcón principal del ayuntamiento una bandera republicana enorme, recordando los 90 años de proclamaación de la 2ª república española. Este Ayuntamiento, con su alcaldesa al frente, parece no ser el mismo que para cumplir la legalidad y colocar las banderas oficiales en la casa consistorial, tuvo que ser apercibido por los tribunales en diversas ocasiones. Parece que para colocar las banderas oficiales no había tiempo, ni espacio, ni mástiles, pero para colocar una bandera no oficial existen multitud de opciones. La Sala 3ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que fija como doctrina "que no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás legal o estatutariamente instituidas". Por tanto, es obligación de la alcaldesa y de la secretaria de la corporación, cumplir y hacer cumplir la ley y retirar dicha bandera; y aprovechando para cumplir con los símbolos del Estado, les recuerdo que el artículo 85.2 del Real Decreto 2568/1986 dice textualmente: "En lugar preferente del salón de sesiones estará colocada la efigie de S.M. El Rey". Por tanto, espero que para el próximo pleno de abril, esté colocada la efigie de Felipe VI en el salón de plenos del ayuntamiento.
K.M.Z. 15/4/2021 08:24 Enfadado 
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